ASPECTOS JURÍDICOS Y ECONÓMICOS
¿Sabías que si padeces una enfermedad de la retina es muy probable que tengas derecho a una pensión por incapacidad laboral por baja visión y agudeza visual? ¿Y que estas pensiones pueden ser muy altas, de más de 4000 € al mes en 14 pagas?
Da igual en qué fase del procedimiento te encuentres, tanto si ya lo has iniciado como si lo estás considerando o quieres recurrir la sentencia, que en Asociación Retina te ofrecemos de forma totalmente gratuita una valoración sobre tus posibilidades reales.
Respondemos a tus dudas en materia jurídica y económica.
¿Qué tipo de incapacidad laboral puedo conseguir con una enfermedad de retina?
Lo que determina el tipo de incapacidad laboral es cómo afectan las secuelas a tu capacidad para trabajar, pero al tratarse de enfermedades degenerativas que muchas veces acaban en ceguera legal, lo normal es obtener una gran invalidez, o al menos una incapacidad permanente absoluta.
La Incapacidad Permanente Absoluta es aquella que incapacita al trabajador para realizar de forma digna y sin que suponga un sobreesfuerzo continuado cualquier oficio o profesión. Es suficiente con que el sujeto no pueda desempeñar ningún trabajo en atención a un mínimo de rendimiento, eficacia y profesionalidad.
La Gran Invalidez, por su parte, es aquella en la que, además de incapacitar al trabajador para desarrollar cualquier tipo de trabajo, precisa de la ayuda de una tercera persona para los actos más básicos de la vida diaria como comer, ducharse, vestirse o similares. Sólo con el reconocimiento de la necesidad de una tercera persona para alguna de ellas y aunque no sea de forma continuada, podría ser suficiente.
Es importante que sepas que en algunos casos se concede la Gran Invalidez si la agudeza visual o el campo visual están por debajo de ciertos parámetros, sin necesidad de acreditar la ayuda de terceras personas. En España, se considera ceguera legal si el índice de agudeza visual es inferior a 0,1 en ambos ojos (1/10 en la Escala de Wecker) o el campo de visión es inferior a 10 grados.
A muchos de nosotros, cuando tenemos baja visión, nos cuesta aceptar que en algunos momentos podemos llegar a necesitar ayuda, pero tenemos que pensar que si tenemos derecho a una mejor pensión, eso nos va a facilitar la vida y a disminuir el estrés.
Piensa, además, que si en un futuro surge una posible solución a nuestros problemas oculares, lo más seguro es que no sea barata, por lo que disponer de unos buenos ahorros o una buena pensión nos puede ayudar enormemente a devolvernos la vista.
No dudes ni un instante en consultar tus posibilidades. Es mucho lo que te juegas, y si esperas demasiado puede que pierdas tu oportunidad. Lo decimos por la larga experiencia sobre este asunto.
El esfuerzo que tendrás que realizar es muy pequeño frente al posible beneficio que puedes obtener.
Merece la pena.
Si tengo ya concedida una incapacidad laboral en grado de absoluta, ¿puedo solicitar una gran invalidez ahora?
Si ha existido algún tipo de agravamiento de las secuelas o has desarrollado una nueva patología, puedes solicitar una revisión de grado para obtener la gran invalidez, de modo que tu pensión se vería incrementada.
¿Cuánto puedo llegar a cobrar con una incapacidad laboral?
El importe de la pensión depende del grado de incapacidad laboral que obtengas. Si se trata de una absoluta, el cálculo se realiza sobre las bases de cotización de los últimos 8 años. Por ejemplo, si tu salario bruto ha sido de 1.500 euros al mes de media, entonces cobrarás una pensión de 1.500 euros netos, ya que no está sujeta a retención.
En el caso de obtener una gran invalidez, además del importe de la absoluta, cobrarás un complemento de mínimo el 45% y hasta un 90% aproximadamente. Es decir, si nos fijamos en el ejemplo anterior, una persona que haya estado cotizando de forma estable en base a 1.500 euros puede llegar a cobrar una pensión de mínimo 2.175 euros y hasta aproximadamente 2.850 euros.
Pero es que si has estado cotizando a bases máximas de cotización, las pensiones por gran invalidez pueden superar incluso los 4.500 euros, ya que aunque la pensión máxima para 2020 es de 2.683,34 euros netos, el complemento de gran invalidez se calcula sobre la base de cotización, así que puedes obtener pensiones de un altísimo valor económico para una gran invalidez y, por supuesto, tampoco están sujetas a retenciones.
¿Qué grado de discapacidad me corresponde con una enfermedad de retina?
En el caso del grado de discapacidad lo que cuenta es cómo afectan las secuelas de la enfermedad a todos los aspectos de la vida diaria. Así pues, dependerá del grado de avance de la enfermedad y de sus secuelas, pero lo normal, y dado que en muchos casos se trata de enfermedades degenerativas que suelen acabar con ceguera legal, es que el grado de discapacidad que se obtenga supere el 75%.
¿Se puede obtener la dependencia y en qué grado?
La dependencia mide cómo afectan las secuelas de la enfermedad de cada individuo a la realización de los actos básicos de la vida diaria: higiene, alimentación, desplazamiento, etc.
Con una enfermedad degenerativa como retinosis pigmentaria o enfermedad de Stardgardt lo normal es obtener un grado 2 o 3 de dependencia; esto es, dependencia severa o gran dependencia.
Si estoy jubilado por coeficientes reductores, ¿puedo solicitar la incapacidad laboral por padecer una enfermedad de retina?
Sí. Si aún no has cumplido los 65 años, puedes solicitarla, y además están obligados a dártela y, por lo tanto, lo normal es que obtengas una pensión superior a la que estás cobrando actualmente.
En el caso de haber superado los 65 años de edad, lo puedes intentar, pero el caso se complica y con toda seguridad tendrás que acudir a los tribunales de justicia.
¿Puedo compatibilizar una pensión por incapacidad laboral con un trabajo si tengo una enfermedad retiniana?
Puedes hacerlo siempre y cuando tu nuevo trabajo esté especialmente adaptado a las secuelas de tu patología en centros especiales de empleo que cumplan con estos requisitos, y además realizando los trámites adecuados ante la Administración para compatibilizar pensión por incapacidad laboral y nuevo empleo.
¿Tienes más dudas? ¿Quieres que analicemos tu caso en concreto?